El per cápita diferenciado es un mecanismo de pago aprobado por el CNSS (resolución No. 624-02), vigente desde mayo 2026, que ajusta los pagos a las ARS según el riesgo de salud por edad y sexo del afiliado.
Las licenciadas Kenia Mena y Yesenia Díaz, al ser entrevistadas en el programa Sociedad y Seguridad Social que producen Isabel Acevedo y Andrés Matos resaltaron que esta medida busca mayor equidad y sostenibilidad, asignando más por pacientes vulnerables (adultos mayores, mujeres en edad productiva), en lugar del modelo único anterior
Se busca que los recursos vayan a los afiliados que más necesitan los servicios de salud sin que estos tengan que aportar ni un centavo más.
Esta se evalúa mes tras mes, de los gastos de la tesorería, para darle seguimiento a esta nueva distribución. Todo eso hace con los fondos de la Tesorería, el Seguro Familiar de Salud. Ni el paciente de ni el gobierno tiene que aportar más.
Antes había centros que privilegiaban la inversión en afiliados de pocos gastos y marginaban a los de mayores gastos que son los de la tercera edad, las mujeres y los niños y así se ahorraban recursos; ahora tendrán que atender esta población con los mismos recursos que antes no gastaban por ausencia de pacientes.
Los servicios continúan iguales, los aportes continúan iguales, solo que los de la tercera edad, mujeres y niños reciben mayores atenciones.
DESTACAN BENEFICIOS DE LA LEY 87-01
Las licenciadas Karina Mena y Yesenia Diaz, destacaron que al inicio de la Ley de apenas el 8 a 10 % de la población que tenía cobertura, hoy, un 97 está cubierta por dicha Ley.
Las expertas expresaron que en cuanto a los medicamentos se reconoce un aspecto de los retos que toda la sociedad debe abordar, reconociendo que el gobierno ha priorizado la Atención Primaria y los medicamentos y persisten los planes de ampliar estas ventajas.
“Entre los beneficios hay que hacer notar que antes solo el trabajador estaba protegido, ahora, toda la familia con la Plan Familiar de Salud lo está y, nuestra institución, SISALRIL, está proponiendo la continuación de la reducción de Co-pago, que antes era de un 64% y ha bajado a un 44%, considerando que el gobierno se apresta a contribuir para continuar reduciéndolo”, manifestaron.
Resaltaron que el Gobierno está muy consciente que, a pesar de estos avances, tenemos que afrontar una profunda Reforma a la Ley, ya que en 25 años la sociedad ha avanzado por lo que, para la Sociedad, esta modificación es un reto insoslayable que debemos enfrentar.
Pretendemos una Ley que sea más cercana, incluyente y darle una mayor protección al PFS.
La Sisalril tiene como rol principal: proteger el Plan Familiar de Salud y el Seguro de Riesgos Laborales; vigilar que las Administradoras de Riesgos de Salud, ARS, y el Instituto Dominicano de Prevención y Protección a los Riesgos Laboral, en el sentido que los afiliados reciban sus derechos y garantizar la sostenibilidad financiera de esos servicios.
La Sisalril realiza revisiones de los procesos de los Catálogos de prestaciones para lograr el cumplimiento del Plan Básico de Salud, el cual cuenta con un catálogo, es decir, un listado de medicinas explícitas a las cuales tienen derechos los afiliados.
Ese Catálogo se estima por un Per cápita, que es lo que se paga a las ARS que le da sustento para que las personas, cuando necesitan los servicios de salud puedan ser cubiertos.
Ciertamente en ningún país del mundo cubre todas las necesidades, pues sabemos que todo proviene de las cuotas que pagan los afiliados. Antes los afiliados tenían que pagar dos salarios mínimos, ahora se redujo a un salario mínimo.
Es necesario saber, que ahora fueron aumentados los tratamientos de cáncer de un millón a dos millones y se aumentaron las coberturas para otras patologías, así como para niños recién nacidos hasta un millón, y para trasplante renal crónico hasta cuatro millones, se incrementaron de 3 mil a 12 mil pesos los beneficios en medicamentos. También incluidos la reconstrucción mamaria, la gigantomastia, etc, que son mejoras al sistema de prestaciones.
Cuando los centros o los médicos cobran sin necesidad, por ejemplo, los medicamentos están todos en el catálogo de prestaciones, los honorarios médicos están en el catálogo, no importa los servicios médicos, el paciente debe reclamar mediante la Dida, o reclamar los reembolsos.


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