martes, 26 de mayo de 2026

TSE deja en Estado de Fallo Reservado “Demanda en Impugnación De Designación de Regidor; Nulidad de Certificados de Elección e Inexistencia de Suplentes y Verificación de las Condiciones Legales de Aptitud para el cargo de Regidor

Santo Domingo. -El Tribunal Superior Electoral (TSE) dejó en estado de fallo reservado la “Demanda en impugnación de designación de regidor; nulidad de certificados de elección e inexistencia de suplentes y verificación de las condiciones legales de aptitud para el cargo de regidor”.

 

La demanda, correspondiente al expediente núm. TSE-01-0012-2026, fue interpuesta por Víctor Luis Tejeda Arias contra el Consejo de Regidores del municipio de San Cristóbal, provincia San Cristóbal; la Junta Central Electoral (JCE); el Partido Revolucionario Moderno (PRM); así como contra Julio Alexander Villa Guillén y Juan Ramón de León García (Churry).

 

El pleno del TSE, integrado por el magistrado presidente, Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, y los titulares magistrados Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz, Rafaelina Peralta Arias y Lenis Rosángela García Guzmán, dispuso el defecto por falta de comparecencia contra el Consejo de Regidores del municipio de San Cristóbal, así como contra Julio Alexander Villa Guillén y Juan Ramón de León García, pese a haber sido debidamente citados.

 

Según la instancia introductoria del proceso, la Junta Central Electoral (JCE) supervisó la celebración de las primarias internas del Partido Revolucionario Moderno (PRM), realizadas el 01 de octubre de 2023 en todo el territorio nacional.

 

Sostienen el demandante que, en fecha 12 de octubre de 2023, la JCE emitió la Resolución núm. 071-2023, mediante la cual efectuó la proclamación oficial de los ganadores de las primarias del PRM celebradas el 01-10-2023.

 

Dicho acto constituyó la proclamación formal de los candidatos vencedores y fijó el orden de prelación conforme a la cantidad de votos obtenidos, sirviendo este como base para la conformación de la boleta electoral y, posteriormente, para suplencias o llamamientos a sustitución.

 

En lo referente al cargo de regidor(a), los candidatos proclamados alcanzaron la siguiente votación en orden ascendente: 1. Olga Lidia Decena Monero, con 1,370 votos; 2. MATEO RONDÓN RIJO, con 1,246 votos; 3. Felito Tejeda Pineda, con 1,209 votos; 4. Manuel Emilio Ramírez Fernández, con 1,200 votos; 5. Eddy Bienvenido Nova Valenzuela, con 986 votos; 6. Noé Eliezer Arias Cuevas, con 896 votos; 7. María Altagracia Cuevas Pérez de Fulgencio, con 798 votos; 8. Arcadio Humberto Rosario Javier, con 784 votos; 9. Juan Ramón de León García, con 732 votos; 10. Julio Alexander Villa Guillén, con 629 votos; 11. Roberto Montás, con 568 votos; 12. José Adolfo Reynoso Encarnación, con 550 votos; y 13. Mery Ondina Aquino Guzmán, con 507 votos.

 

De acuerdo al expediente quedaron reservadas las posiciones 14, 15, 16 y 17, de conformidad con la distribución interna correspondiente.

 

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