Santo Domingo,
D.N.- El procurador general de la República, Jean Rodríguez, prohibió
terminantemente a los miembros del Ministerio Público enviar con mujeres
víctimas de violencia de género, citaciones y cualquier otro tipo de documentos
para sus agresores, incluyendo órdenes de protección, órdenes de arrestos y de
conducencia, cuya diligencia es responsabilidad exclusiva del procurador
fiscal.
Las instrucciones
fueron dadas mediante una circular dirigida a los procuradores generales
adjuntos, procuradores generales de cortes de apelación y los titulares de las
procuradurías especializadas, así como a los fiscales titulares, procuradores
fiscales, fiscalizadores, y a los directores de las distintas unidades de
atención a víctimas de violencia de género que funcionan a nivel nacional.
El magistrado Jean
Rodríguez condenó y calificó como una inadmisible práctica el hecho de que la
misma mujer que va a denunciar un caso de violencia sea utilizada para hacerle
llegar a su agresor la citación correspondiente, cuando es personal del
Ministerio Público que debe realizar ese tipo de trámites.
“Una mujer víctima
de violencia de género que tiene la disposición y valentía de denunciar a su
agresor, se le aumenta más el riesgo poniéndole a su cargo llevar las referidas
solicitudes. En tal sentido, instruimos descontinuar la práctica incorrecta de
utilizar a la víctima para realizar mensajería, lo cual la re-victimiza y la
pone en mayor riesgo”, expresó.
El procurador
general dijo que la disposición fue tomada en virtud de quejas de ciudadanos
sobre tal aberración, que va en contra de los protocolos establecidos por la
institución para el manejo de estos casos.
Manifestó que es
una prioridad la ejecución de acciones concretas e inmediatas, dirigidas a la
atención, prevención y persecución de quien violente los derechos de una mujer,
con el propósito de revertir los indicadores negativos que han convertido la
violencia de género en la principal causa de muerte violenta de la mujer
dominicana.
Al mismo tiempo,
agregó que cada representante del Ministerio Público debe procurar tramitar las
indicadas diligencias por sus propios medios, a través de alguaciles,
mensajeros y hasta personalmente, si fuese necesario, pero, nunca, a través de
una mujer denunciante de violencia en su contra.
“El Ministerio
Público, tal y como lo expresa la Constitución dominicana y la Ley Orgánica del
Ministerio Público No. 133-11, es el garante de proteger el derecho tutelado
más importante, como lo es la vida, en este caso de las
mujeres, por lo que de manera inmediata apelo a su atención a la presente
instrucción, pues la prevención de este tipo penal es responsabilidad de
todos”, manifestó.
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